Ministerio de Turismo y Deporte
Ministerio de Economía y Finanzas
Montevideo, 10 de Mayo de 2013
Visto: El Decreto Nº 391/012, de 5 de diciembre de 2012.
Resultando: Que el artículo 12 del referido
Decreto dispuso la apertura todos los años de un período entre el 15 de
marzo y el 30 de abril de cada año para que las entidades deportivas
habilitadas por la Ley Nº 18.833 de Fomento del Deporte presente
proyectos elegibles, interesados en obtener la Declaratoria de “Proyecto
Deportivo Promovido” (PRODEP).
Considerando: Que se considera conveniente por este año extender dicho período hasta el 31 de julio de 2013.
Atento: A lo precedentemente expuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1º.- Extiéndase por
el presente año hasta el 31 de julio de 2013 el período dispuesto en el
artículo 12 del Decreto Nº 391/012, de 5 de diciembre de 2012, con que
cuentan las entidades deportivas habilitadas por la Ley Nº 18.833, de 28
de octubre de 2011, para presentar proyectos elegibles.
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, etc.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; LILIAM KECHICHIAN; FERNANDO LORENZO.
Publicado el 17.05.013 en el Diario Oficial Nº 28.716
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