domingo, 19 de mayo de 2013

Pronunciamientos del CCEU

Normas Contables - Pronunciamientos del CCEU

PRONUNCIAMIENTO Nº 13
Este pronunciamiento se aprobó dejando vigente dispuesto en los pronunciamientos número 5 y 7 del Colegio de Contadores y Economistas del Uruguay sobre Revisión Limitada  e Informe de Compilación a instancias de la Comisión de Práctica Profesional de Contador.
NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS EN EL URUGUAY
El Consejo Directivo del Colegio de Contadores y Economistas del Uruguay, con el asesoramiento de la Comisión de Auditoría resuelve lo siguiente:
1)         Se declara de aplicación obligatoria en el Uruguay las Normas Internacionales de Auditoría, las Normas Internacionales de Auditoría-Servicios Relacionados y las Declaraciones Internacionales para la Práctica de Auditoría que se enuncian a continuación en este pronunciamiento.
2)         El presente pronunciamiento tendrá vigencia a partir del 1º de julio de 2000.
NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA:
Número de tema, Título del Documento y Normas/ Declaración.
100-199            Asuntos Introductorios
100            Prefacio a las Normas Internacionales de Auditoría
El propósito de este prefacio es facilitar la comprensión de los objetivos y procedimientos operativos del Comité Internacional de Prácticas de Auditoría (IAPC), un comité permanente del Consejo de la Federación Internacional de Contadores Públicos, y el alcance y autoridad de los documentos que emite.
110            Glosario de términos
Esta norma presenta un glosario de los términos de auditoría más comúnmente utilizados en estas normas internacionales.
120      Marco de referencia de las Normas Internacionales de Auditoría
Esta norma describe el marco en el cual se emiten las Normas Internacionales de Auditoría con relación a los servicios que los auditores pueden brindar, comprende los informes financieros y los servicios de auditoría y relacionados. Este marco no es aplicable a otros servicios, tales como impuestos, consultoría y asesoramiento financiero y contable.
200-299            Responsabilidades
200             Objetivos y principios básicos que regulan una auditoría de estas financieros
            (NIA 1)
Esta norma establece que el objetivo de la auditoría de estados financieros, preparados dentro del marco de políticas contables reconocidas, es permitir que el auditor exprese su opinión sobre dichos estados financieros para ayudar a establecer la credibilidad de los mismos. El auditor por lo general determina el alcance de auditoría de acuerdo con los requerimientos de las leyes, reglamentaciones o de los organismos profesionales correspondientes.
Además, esta norma describe los principios básicos que regula las responsabilidades de un auditor, y que deben ser cumplidos cuando se lleva a cabo una auditoría. Dichos principios básicos son aplicables al examen de la información financiera de una entidad, ya sea ésta con o sin fines de lucro, y sin tener en cuenta su tamaño y forma jurídica, cuando dicho examen es conducido con el propósito de expresar una opinión sobre la misma.
Esta norma cubre aspectos tales como integridad, objetividad e independencia, confiabilidad, destrezas y competencia, trabajo efectuado por terceros, documentación, planificación, evidencia de auditoría, conclusiones de auditoría e informe.
210      Cartas para el acuerdo de los términos sobre un trabajo de auditoría ( NIA 2)
Esta norma proporciona pautas para la preparación de la carta de contratación, en la cual el auditor documenta y confirma la aceptación de un trabajo, el objetivo y alcance de la auditoría, el grado de su responsabilidad ante el cliente y el formato del informe a ser emitido. Si bien esta norma no requiere explícitamente que el auditor obtenga una carta de contratación, proporciona una orientación con respecto a su preparación de tal manera que se presume su uso.
220            Control de calidad del trabajo de auditoría (NIA 7)
Esta norma trata sobre el control de calidad que se relaciona con el trabajo delegado a un equipo de trabajo y con las políticas y procedimientos adoptados por un profesional para asegurar en forma razonable que todas las auditorías efectuadas están de acuerdo con los principios básicos que regulan la auditoría.
230            Documentación (NIA 9)
Esta norma define “documentación” como los papeles de trabajo preparados u obtenidos por el auditor y conservados  por él para ayudar a la planificación, realización, supervisión y revisión del trabajo de auditoría y que proporciona evidencia del trabajo efectuado para respaldar el dictamen emitido. Se refiere también al uso de papeles de trabajo y legajos estandarizados, su propiedad y custodia.
240            Fraude y error (NIA 11)
Esta norma trata la responsabilidad del auditor para la detección de información significativamente errónea que resulte de fraude o error, al efectuar la auditoría de información financiera. Proporciona una guía con respecto a los procedimientos que debe aplicar el auditor cuando encuentra situaciones que son motivo de sospecha o cuando determina que ha ocurrido un fraude o error.
250            Consideración de las leyes y reglamentos en una auditoría de estados financieros             (NIA 31)
Esta norma tiene como objetivo establecer normas y pautas sobre la responsabilidad del auditor en la consideración de las leyes y reglamentaciones  en una auditoría de estados financieros. Esta norma es aplicable a las auditorías de estados  financieros pero no a otros trabajos en los que se contrata al auditor para emitir un informe especial sobre el cumplimiento de reglamentaciones

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