lunes, 26 de agosto de 2013

Decreto Nº 41/013













Fabricantes de bebidas, Numerales 5), 6) Y 7), art. 1º TÍT. 11 TO 96 – IMESI – Crédito fiscal – Se prorroga hasta el 31/12/013

Ministerio de Economía y Finanzas
 
Montevideo, 6 de Febrero de 2013
 
Visto: el artículo 823 de Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010.

Resultando: I) que la norma referida faculta al Poder Ejecutivo a otorgar un crédito fiscal a los fabricantes nacionales de bebidas comprendidas en los numerales 5), 6) y 7) del artículo 1º del Título 11 del Texto Ordenado 1996, siempre que utilicen para su comercialización envases retornables.

II) que el Decreto Nº 88/012, de 23 de marzo de 2012, estableció el monto de los referidos créditos fiscales aplicables hasta el 31 de diciembre de 2012.

Considerando: conveniente extender la vigencia de los referidos créditos.

Atento: a lo expuesto.

El Presidente de la República
 
DECRETA:
 
Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2013 la vigencia de los créditos fiscales establecidos por el Decreto Nº 88/012, de 23 de marzo de 2012.

Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese y archívese.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; FERNANDO LORENZO.
 
Publicado el 14.02.013 en el Diario Oficial Nº 28.657





















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