Ministerio de Economía y Finanzas
Ministerio de Educación y Cultura
Montevideo 6 de Febrero de 2013
Visto: los plazos dispuestos por los
artículos 19º y 20º del Decreto Nº 247/012, de 2 de agosto de 2012, con
las prórrogas dadas por el Decreto Nº 361/012, de 12 de noviembre de
2012.
Resultando: I) que los
titulares de participaciones patrimoniales al portador residentes en el
exterior, pueden requerir de trámites adicionales que insumen un plazo
mayor.
II) que el elevado número de trámites de modificación
de contrato transformando las acciones al portador en acciones
nominativas, ameritan la ampliación de los plazos.
Considerando: conveniente otorgar una prórroga de los plazos mencionados, de manera de facilitar el cumplimento de las obligaciones.
Atento: a lo expuesto, y a lo dispuesto por el artículo 16º de la Ley Nº 18.930, de 17 de julio de 2012.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1º.- Extiéndense
los plazos establecidos por el inciso primero del artículo 19º del
Decreto Nº 247/012, de 2 de agosto de 2012, con las prórrogas dadas por
el artículo 1º del Decreto Nº 361/012, de 12 de noviembre de 2012, hasta
el 23 de abril de 2013.
El plazo establecido por el inciso segundo del artículo 19º del Decreto
Nº 247/012 referido en el inciso anterior, será hasta el 30 de abril de
2013.
Artículo 2º.- Extiéndese el
plazo a que refiere el primer inciso del artículo 20º del Decreto Nº
247/012, de 2 de agosto de 2012, con la prórroga dada por el artículo 2º
del Decreto Nº 361/012, de 12 de noviembre de 2012, de acuerdo con el
siguiente calendario de vencimientos según el último dígito del número
de RUC:
Ultimo dígito |
Vencimiento |
0 a 3 |
16 de abril de 2013 |
4 a 6 |
23 de abril de 2013 |
7 a 9 |
30 de abril de 2013 |
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, archívese.
JOSÉ MUJICA, Presidente de la República; FERNANDO LORENZO; RICARDO EHRLICH.
Publicada el 14.02.013 en el Diario Oficial Nº 28.657
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